Por Salvador González González.
“El tempranillo”, “Pasos largos”, “Tragabuche” o “Luis Candelas” son unos angelitos en comparación con los “mangantes o chorizos” actuales, condenados en los tribunales.
En el derecho penal, la clave de aspecto delictivo de las acciones está en el dolo, entendido como conocimiento y voluntad de realizar el objetivo de un delito. Lo integran dos elementos que lo sustenta, a saber: a) el elemento cognitivo y b) el elemento volitivo. En a), el sujeto debe saber qué es lo que hace y conocer los elementos del hecho tipificado como delito; por ejemplo, en el hurto, porque sustraen cosas ajenas sin el consentimiento de su dueño. En b), quiere realizarlo con todas sus consecuencias.