La sentencia sobre el 9N

Por Salvador González González.

El TSJC ha dictado sentencia, por la convocatoria del pseudo-referéndum del 9N en Cataluña. Aunque parezca, para muchos, demasiado exigua o leve, por considerarla que se ha dictado “a la baja”, por el contrario, otros la consideran una aberración, porque dicen que un tema político y, por ende, un problema que tendría que tener una solución política, se ha judicializado y se condena, según dicen, por fomentar la participación democrática de los ciudadanos por convocarlos a las urnas. Por tanto, es una “vergüenza” que se condene por poner urnas participativas ciudadanas. Desde luego, no falta razón que, a un problema originado por políticos y secuencias de actuaciones políticas, lo obvio y razonable es que lo solucione la política; pero eso no debe ser obstáculo para que las leyes se cumplan y se respeten; y, sobre todo, que para resolver un problema se cree otro mayor tal cual pudiera ser dar concesiones que creen discriminaciones respecto a los demás.

Como sucede siempre con las Sentencias Judiciales, contentan a unos pocos, no así a otros; y siempre hay algún “pero” que ponerles a las mismas; pero, una vez agotados los recursos pertinentes, que seguro en este caso, pese a que los condenados dicen proclamar la ruptura con España, y no aceptar por obvio el sistema normativo emanado de Nuestro Ordenamiento Jurídico, con la Constitución como referente último, ya se han apresurado a manifestar que la recurrirán, cosa por otro lado lógica.

No quedará más que, cuando sea definitiva, sin posibilidad pues de recurso, es decir, lo que en el argot jurídico se llama “Cosa Juzgada”, no queda más opción -como digo- que acatarla por parte de los condenados. Lo contrario sería antidemocrático, ya que se vulneraría el principio de acatamiento a las normas y a las resoluciones judiciales, que son garantes del Estado de Derecho. ¿Cómo puede pretender desde la democracia alguien construir un Estado -según dicen- desde la vulneración e inaceptación de una Sentencia, porque, si así fuera este Estado nuevo, nacería fallido, pues sus ciudadanos estarían legitimados desde el origen del mismo para no acatar el ordenamiento que surgiera del mismo e, igualmente, cualquier sentencia que en ese nuevo Estado naciera de sus Tribunales de Justicia, se las podrían “pasar por el foro”, no cumpliéndolas como habrían hecho sus antecesores partidarios y creadores de ese nuevo Estado, ya que podrían perfectamente argumentar «¿Por qué antes si y ahora no?

Este procedimiento abreviado, N.º 1/2016, seguido como y he dicho por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, donde se ha condenado a Artur Mas, siendo por ello el primer presidente autonómico condenado por desobedecer una resolución judicial a 2 años de inhabilitación para cargo público (esto es significativo, ha sido el primero que se ha visto condenado), también a la expresidenta Juana Ortega, a un año y nueve meses, y a la exconsejera de enseñanza Irene Rigan, a un año y medio. Decisión unánime del tribunal, formado por tres magistrados que, por otro lado, absuelven a Artur Mas del delito de prevaricación en la consulta independentista, por el que la Fiscalía le pedía ocho años de inhabilitación.

Quede claro que, por ahora y mientras esperamos la sentencia del recurso ante el Tribunal Supremo, desearíamos todos que Mas, fuese más pronto que tarde, no pueda presentarse a unas elecciones; pero sí podrían nombrarle, por ejemplo, para Consejero de Hacienda. Lo digo por lo visto y la soltura con que maneja la pasta (presunto caso de 3% de comisiones ilegales, que parece ha sido un 4%).

Queda claro que, aunque parezca una sutileza, no se ha condenado por colocar unas urnas, sino por no cumplir una sentencia judicial que le impedía colocarlas. El estado de derecho funciona con esas disquisiciones sutiles, pero así es.

Se podrá -como he dicho al principio- estar de acuerdo o en desacuerdo con ella, porque, obviamente, las decisiones judiciales pueden discutirse; pero, una vez firmes, hay que acatarlas.

Puede alguien decir que esta sentencia -que ciertamente no es rigurosa; es más bien “indicativa para navegantes”- quizás envalentone a los sentenciados y sobre todo a su entorno, que los utilice como “mártires de la causa” y hagan crecer exponencialmente ésta (cosa por ver de todas formas; también se dijo cuándo los tribunales decidieron ilegalizar determinadas opciones o no admitir a determinado candidato en un proceso electoral concreto; esto fue así y punto).

Pero, sinceramente, creo que no se puede culpar al tercer poder del Estado por ello (los tribunales de justicia). El ejecutivo ha tenido mucho que ver con lo que viene aconteciendo; no ha querido mojarse, cuando se convocó a las urnas, hablando de referéndum de cartón piedra o de la señorita Pepis. Él mismo quitaba valor e importancia a la acción que se estaba desencadenando.

El ejecutivo está para tomar decisiones cuando las cosas empiezan a desmadrarse, no cuando éstas están ya están desmadradas, por aquello de que “más vale prevenir que lamentar y/o curar”. Nunca mejor dicho en un refrán muy conocido y, como casi todos los refranes, basado en la sabiduría popular, que tienen como referencia última, la experiencia.

La justicia es ciega y así se la representa con una balanza, donde deben sopesar las acciones que juzga en un platillo de la misma, con el otro de las leyes del sistema y según el fiel le marque tomar la decisión justa, sin ver de quién se trata el juzgado, ni las consecuencias que pueden tener sus veredictos.

bellajarifa@hotmail.com

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