Por Salvador González González.
En esta etapa en que parece que se van a acometer algunas reformas constitucionales necesarias, habida cuenta de que estamos en un tiempo nuevo y nuestra Carta Magna del 78 debe actualizarse, supliendo algunas carencias y lagunas que se han detectado y deben subsanarse, y por eso como es muy probable que entremos en una especie de etapa constituyente o segunda transición como queremos denominarle (el nombre es lo de menos), sería el momento de que el art.71 de la C.E. y otros, donde se fijan los privilegios de los Diputados y Senadores, sean modificados.