Por Salvador González González.
Parece que ya todos entienden que es necesaria una reforma constitucional por consenso (no cabe otra manera de hacerlo); parece que, de nuevo, estamos en una nueva etapa constituyente, aunque en este caso la pretensión no es otra; que si existe el apoyo suficiente para ello, se imponga una reforma de nuestra Constitución del 78, actualizándola en mucho de su contenido. Temas como el sistema electoral, el excesivo aforamiento en nuestro país, la igualdad de sexo en la línea sucesoria de la Corona (si como creo se mantiene la monarquía y esta no es cuestionada), etc., etc.
Donde existe aún una situación que no acaba de consensuarse, y yo diría ni siquiera valorarse, el alcance en esa posible reforma, es en lo de calificar el Estado español como plurinacional, es decir, considerar que dentro de España, como Estado, existen varias naciones que lo conforman. He aquí algunos ejemplos: Bolivia en América, la India en Asia, o Sudáfrica en el continente africano, que son Estados plurinacionales.
Cuando estudiamos Teología o Apologética con don Isaac Melgosa Albillo, recuerdo que si se pretendía defender una tesis determinada, lo primero que hacíamos era definir el concepto base de la misma para evitar confusiones; luego se veían las impugnaciones o impugnadores a la tesis (recuerdo aquellas famosas clases públicas ‑una que tocó a mi curso‑ en que asistió el Sr. Obispo de Jaén; nos contaron, con posterioridad, que salió alarmado con el alcance de lo expuesto, sobre todo, por el contenido expositivo de las oposiciones e impugnaciones que salieron en la misma); vamos, pues, a hacer eso. ¿Qué se entiende por nación?, para luego ver si es posible o no llegar a esa conclusión de la posibilidad de reformar España como Estado Plurinacional y, finalmente, qué papel debiera jugar Andalucía o qué encaje tendría en esa posible reforma, que es la conclusión final en este traslado de opinión.
Se suele confundir nación con Estado, incluso con la idea de un grupo étnico, cultural o lingüístico, aun cuando no cuente con un respaldo ético‑político; ejemplo: los gitanos que no cuentan con un estado propio y, sin embargo, se habla de la nación gitana; o los judíos que, siendo una nación, no contaron con Estado hasta que, acabada la segunda guerra mundial, se les asignó un territorio donde se asentaron y hoy son el Estado de Israel. Es más; hay naciones por sentimientos que nunca, posiblemente, tengan Estado y que estarán extendidas en una zona de varios Estados; ejemplo, la nación Tuareg en el noroeste africano, la Aymara en el Altiplano o la nación esquimal en el Ártico.
El término nación proviene del latín nascere, que significa ‘nace’; pero ese nacimiento, como vislumbramos por los ejemplos ya indicados, tiene, como se ve, dos acepciones:
A) Ámbito cultural: Conjunto de personas del mismo origen, etnia que comparte vínculos históricos, culturales, etc. Teniendo conciencia de pertenecer a un mismo pueblo o comunidad, como vemos, es un ámbito socio‑ideológico y, por ello, subjetivo y ambiguo. Sinónimo de pueblo.
B) Ámbito jurídico‑político: Sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; es decir, comunidad social con una organización política común y un territorio y órganos de gobiernos propia que es soberana e independiente de otras comunidades. Sinónimo de Estado: país.
Por tanto, sin llegar a la afirmación que dio el expresidente Rodríguez Zapatero, en el Senado, a un senador: «Si hay un concepto discutible y discutido en la teoría política y en la ciencia constitucional es precisamente el de nación…, es algo que en efecto sabe cualquier estudiante de Derecho». Es su cita textual, tal cual, ya que juega con cierto concepto relativista‑acomodaticio, según interese en cada momento; algo que no puede aceptarse por su poca consistencia. Es cierto que esa ambigüedad, que hemos hecho referencia con anterioridad, hace que existan pareceres distintos según autores con respecto al alcance y contenido de la definición sobre nación; pero todos ellos aceptan esas dos acepciones citadas, aunque el concepto es complejo y los criterios difieren para distinguirlos; por ejemplo: dialectos o pronunciamientos distintos de una lengua puede constituir a dos personas como pertenecientes a naciones distintas, o no (por lo tanto, el idioma no es consustancial). Así mismo, dos personas que vivan en lugares geográficos diferentes pueden ser considerados como miembros de una misma nación, o no (por tanto, el territorio tampoco). Desde un punto de vista pragmático, me inclino por lo que afirma Eric Hobsawm: «No es nación la que cree el nacionalismo, sino a la inversa: es el nacionalismo el que inventa la nación».
El sentimiento nacional es positivo, cuando se utiliza para la gran cohesión y unidad dentro del Estado; pero un exagerado sentimiento de pertenencia, o sea, un nacionalismo extremo puede ser perjudicial, si resalta tanto la propia cultura que considera superior a la demás. El triste ejemplo del régimen nazi viene al pelo, que discriminaron a otros pueblos por razones raciales o religiosas. Actualmente, el concepto de nación aparece muy desdibujado por efecto de la globalización, ya que las culturas se entremezclan y corren el riesgo de perder sus propias raíces (por eso, como defensa a ese mundo globalizado que tiende a confundirlo todo, surgen también los nacionalismos).
Desde la Constitución de 1812, que acaba con el antiguo régimen, con el reconocimiento para todos los españoles de la condición de ciudadanos frente a súbditos, con el establecimiento de la dignidad de la persona, la libertad civil, la igualdad ante la ley, el fin de los privilegios de los estamentos clero y nobleza, el establecimiento de la división poderes y la Soberanía Nacional (Art.1: “La nación española es la reunión de los españoles de ambos hemisferios”), nos contemplan 200 años de soberanía nacional que reside en el pueblo español, reconocida en sucesivos textos constitucionales, hasta este del 78, pasando por el de la república de 1931.
Como vemos, el dilema es: ¿Puede hacerse compatible la existencia de naciones con la soberanía nacional del pueblo español en su conjunto? Yo entiendo que sí, al menos desde el punto vista de la definición de nación como acepción cultural o de criterios tipológicos o identidad diferenciada; es decir, el de la existencia como pueblos distintos; de hecho, ya así lo reconocemos todos: el pueblo catalán, el andaluz, el vasco…, con sus tipologías, culturas, idioma…, característicos (de hecho es una gran riqueza para el conjunto de lo que llamamos y esperemos seguir llamando “España”). No habría, pues ‑a mi entender‑, problema en trasladar esa realidad nacional de los territorios que, como tales, tienen su peculiar manera de ser y entender, en una supuesta reforma encaminada hacia un Estado federal o incluso confederal (en los términos de igualdad y sin discriminaciones como ya he expuesto en alguna ocasión; por tanto, sin asimetrías de privilegios de unos sobre otros). Otra cosa sería una supuesta soberanía nacional compartida o cosoberanía (concepto que ha manejado el exministro de asunto exteriores, Margallo, para resolver el contencioso de Gibraltar y su encaje en España, según él podría hacerse, utilizando la vigente Constitución empleando el Art. 144 de la misma) o lo que en la propuesta de Ibarretxe, rechazada por el Congreso, llamaba Estado Libre Asociado, con derecho a autodeterminación. Por tanto, lo primero que habría que aclarar es el alcance en el contenido de esas naciones dentro de ese Estado nuevo plurinacional, que en puridad no sería tan nuevo, ya que España se formó, como sabemos, con un conglomerado de reinos que se unieron por diversas circunstancias, hasta constituir el reino de España con ya muchos siglos de existencia.
Andalucía, si así se llega a realizar la reforma y se aceptan la existencia de naciones dentro del Estado, lo es, por todo lo dicho, cuando hemos hablado de nación como pueblo diferenciado; pero es que, además, lo recoge el preámbulo de su Estatuto, aprobado por el pueblo andaluz, que, haciéndose eco del Manifiesto Andalucista de Córdoba en 1919, define a Andalucía como una “realidad nacional”. Por tanto, si para Cataluña o cualquier otro ente territorial se aceptara el término de nación, Andalucía también lo sería en el mismo e igual sentido.
Sé, y por ello no se me oculta, que el tema, para muchos posiblemente, sea controvertido y polémico; pero estoy seguro de que, más pronto que tarde, saldrá a la palestra política en nuestro país y por ello lo expongo, así como la posición que Andalucía creo que debe defender, si surge ese supuesto nuevo marco constitucional.